El bono Bodas de oro es un beneficio económico que se otorga a parejas que demuestren 50 años de matrimonio, y cumplan con los requisitos establecidos por la ley.
Los cónyuges que cumplan 50 años de matrimonio pueden optar por recibir este bono, que este año asciende a $329.768 por pareja. Así lo comunicó el ministro del Trabajo, Nicolás Monckeberg, y la subsecretaria de Previsión Social, María José Zaldívar, que llamaron a todas y todos los chilenos que cumplen 50 años de casados, a revisar los requisitos para solicitar su beneficio Bodas de Oro.
Para hacer efectiva la bonificación, ambos cónyuges en conjunto deben hacer la solicitud en cualquier momento del año en las oficinas de ChileAtiende. ¿Cuáles son los plazos? El matrimonio deberá presentar la solicitud dentro del año en que cumplen su boda de oro. Del mismo modo, deben hacer al cobranza de su bono dentro de los 6 meses siguientes a su aprobación. De lo contrario, se entiende que la pareja renunció al beneficio.
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Requisitos para el bono
Pueden acceder al bono de los $329.768 los cónyuges que:
- No se encuentren separados o divorciados (término del matrimonio por cualquier causa legal).
- Se encuentren en el Registro Social de Hogares (RSH), y, de acuerdo a su calificación, pertenezcan al 80% más vulnerable de la población.
- Convivan en el mismo hogar o acrediten residencia en hogares de larga estadía (uno o ambos), reconocido por la autoridad correspondiente.
- Acreditan residencia en el territorio nacional por un período de cuatro años, dentro de los últimos cinco años inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
¿Pueden hacerlo las personas que enviudaron?
En el caso de las personas viudas, éstas tendrán derecho al bono en los siguientes casos:
- Si habiendo cumplido 50 años de matrimonio, uno de los cónyuges fallece después de esa fecha. El sobreviviente puede optar a su parte del bono.
- Si habiendo presentado la solicitud y verificado el cumplimiento de los requisitos, cualquiera de los cónyuges fallece durante la tramitación del beneficio, una vez que se conceda el monto correspondiente a la persona fallecida formará parte de su herencia.