Como forma de simplificar y agilizar el proceso de devolución de impuestos, el Servicio de Impuestos Internos (SII) ofrece una propuesta de declaración de renta que tendrá sus primeros pagos en el mes de mayo. La propuesta “Operación Renta 2022” para la devolución de impuestos pretende alcanzar a los 3,5 millones de personas naturales y empresas inscritas en Pro Pyme.
¿Cuándo estará disponible la propuesta para la devolución de impuestos?
El trámite de devolución de impuestos denominado por el SII como “Operación Renta 2022” comienza oficialmente el próximo 1 de abril. Sin embargo, ya están disponibles algunos tramites a través de la plataforma de la entidad.
En concreto, lo que pueden hacer los contribuyentes durante estos días previos es revisar la propuesta efectuada por el SII. Esta última, es elaborada en base a información recopilada por la misma institución y a través de terceros. Por ello, se recomienda a quienes tributan tomarse el tiempo de revisar en detalle la información contenida en la propuesta.
Cuando los contribuyentes confirmen los datos, podrán aceptar la propuesta y enviarla a través de la página web del organismo desde el 1 de abril. En caso de rechazarla, deben enviar y justificar una nueva propuesta.
Las etapas de la devolución de impuestos
Según informó el SII, la primera etapa de la “Operación Renta 2022” se realizará entre los días 1 y 21 de abril. Aquellos que efectúen su declaración en ese periodo, recibirán su devolución de impuestos el 12 de mayo.
Quienes hagan el tramite entre los días 22 y 29 de abril, verán reflejado su deposito el 19 de mayo. Por último, entre quienes opten por declarar impuestos entre el 30 de abril y el 10 de mayo, se les depositará el 26 de mayo.
Para el caso de empresas y emprendedores, el tramite se encuentra disponible para efectuarlo desde el 1 de marzo.
¿Quiénes deben realizar la declaración de renta?
Deberán realizar el trámite para solicitar la devolución de impuestos todas aquellas personas contenidas en alguno de los siguientes grupos:
- Quienes hayan tenido más de un empleador o pagador.
- Quienes hayan tenido un ingreso anual superior a los $8.775.702 (salvo que este corresponda a sueldos de un solo empleador o pagador).
- Quienes hayan trabajado a honorarios y deseen optar a la cobertura parcial de sus cotizaciones previsionales.
- Quienes hicieron el segundo retiro voluntario del 10% de la AFP (de acuerdo con lo establecido en la Ley 21.295). Y que, al mismo tiempo, tuvieron una renta imponible superior a 30 UTA ($1.530.000 mensuales aproximadamente) en el año del retiro.
- Quienes hayan solicitado el préstamo solidario en 2020 (en esta Operación Renta se calcula y paga la primera cuota que corresponde al 10% del monto solicitado).
- Quienes busquen acceder a algún beneficio o crédito tributario como la rebaja de intereses por dividendos hipotecarios.
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