Noviembre comenzó con un día feriado que a algunos les permitió descasar. Se trato del «Día de Todos los Santos» que se conmemoró este 1 de noviembre. No obstante, el año continua avanzando y ya va quedando poco para que termine este 2023.
Pero la buena noticia es que aunque solo queden dos meses para que finalice este año, aún nos quedan festivos por celebrar. Incluso, cada uno de ellos nos dará fin de semanas largos. Así que atentos y atentas que aquí te contaremos cuándo son.
Feriados restantes para este 2023
Talvez pueda ser un poco decepcionante, pero lamentablemente noviembre ya no tendrá más festivos. No obstante, diciembre si tendrá dos y ambos nos dejarán con fines de semana largos.
De este modo, las dos jornadas festivas que habrá en lo que queda de 2023 serán la celebración de la Inmaculada Concepción y Navidad. Ojo que este último se tratará de un feriado irrenunciable. De este modo, serán el viernes 8 de diciembre y el lunes 25 del mismo mes los días en que tendremos los respectivos festivos. Los cuales además serán fines de semana largos.
- Viernes 8 de diciembre: Se conmemora la Inmaculada Concepción
- Lunes 25 de diciembre: Se celebra Navidad y es de carácter irrenunciable
¿Qué significa que un feriado sea irrenunciable?
Pues ese día tendrá que ser obligatoriamente libre para gran parte de las personas trabajadoras. Además, solo podrán estar funcionando aquellos negocios o tiendas que sean atendidos por sus dueños o dueñas, de modo que el comercio general, como supermercados y centros comerciales no se encontrarán funcionando.
No obstante, habrá algunos establecimientos que si deberán estar en la obligación de funcionar, ya que son considerados como esenciales. Según Rock&Pop.cl, estos son los hoteles, farmacias, restaurantes, bencineras entre otros.
Además, desde la Dirección del trabajo informaron que en caso de que un empleador o empleadora no respete un feriado irrenunciable. Este tendrá una multa de 5 UTM, lo que se traduce en poco más de $300 mil pesos por cada uno de los empleados obligados a trabajar en aquel día.
Y en caso de tener 50 o más trabajadores, esa multa ascenderá a 10 UTM por cada trabajador. Mientras que si cuenta con 200 o más personas, la multa será de 20 UTM.
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