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Dato útil . Aguinaldo de Fiestas Patrias 2024: ¿Cuáles son los montos para trabajadores y pensionados?

Descubre los montos, detalles y requisitos sobre la entrega del aguinaldo para la celebración de Fiestas Patrias este 2024.

Aguinaldo De Fiestas Patrias 2024

Getty Images

Quedan tan solo dos meses para que las celebraciones de Fiestas Patrias comiencen en nuestro país. A raíz de esto, revisa la información actualizada del aguinaldo que se entrega en estas fechas. 

El beneficio es entregado para ayudar a las familias en el marco de las celebraciones nacionales que toman lugar entre el 17 y 19 de septiembre en Chile. Este se ve reflejado en el pago entregado del mes de septiembre y puede variar dependiendo del salario o la pensión que cada beneficiario reciba.

Aguinaldo Fiestas Patrias 2024: ¿Cuál es el monto del beneficio?

El beneficio se entrega automáticamente a los pensionados y trabajadores públicos que cumplan los requisitos necesarios especificados más abajo. 

En el caso de los pensionados, el monto fijo a recibir es de $24.261. A este se le suma un adicional de $12.446 por cada carga familiar inscrita.

El caso de los trabajadores públicos es distinto, ya que se dividen en dos categorías que reciben aguinaldos distintos en estas próximas Fiestas Patrias 2024. 

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  • Quienes reciban un sueldo líquido igual o menor a $984.282 recibirán un aguinaldo de $85.093 pesos. 
  • Quiénes reciban un sueldo líquido superior a $984.282 recibirán el monto de $59.071 pesos. 

¿Quiénes reciben este monto?

Los requisitos de este beneficio varían en sus 2 categorías. Para pensionados, reciben este monto las personas que al 31 de agosto de 2024 estén pensionados en alguna de estas modalidades:

  • IPS que tengan una Pensión Garantizada Universal o Pensión Básica Solidaria de Invalidez.
  • Ex cajas de previsión y ex Servicio de Seguro Social (ahora IPS).
  • Instituto de Seguridad Laboral.
  • Mutualidad de Empleadores.
  • Exonerados Políticos.
  • De reparación: Ley N.º 19.123 (Rettig) y Ley N.º 19.992, incluidas las pensiones de sobrevivencia del artículo séptimo transitorio de la Ley N.º 20.405.
  • AFP o compañías de seguro que reciben PGU, Aporte Previsional Solidario (por vejez o invalidez) o pensiones mínimas con Garantía Estatal. 
  • Beneficiarios del subsidio de incapacidad.
  • Beneficiarios de la indemnización del carbón. 

En el caso de los trabajadores públicos, recibirán este beneficio trabajadores que al 31 de agosto de 2024 ocupen cargos de planta o a contrata en alguna de las siguientes entidades. 

  • Universidades estatales.
  • Establecimientos de educación parvularia financiados por la JUNJI.
  • Sectores de la Administración del Estado que hayan sido traspasados a municipalidades.
  • Establecimientos particulares de enseñanza subvencionados por el Estado. 
  • Establecimientos de Educación Técnico Profesional.
  • Corporaciones de Asistencia Judicial.
  • Instituciones reconocidas como colaboradoras del Sename o su continuador legal.  

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