El Estado de Chile ofrece diversos beneficios económicos que están destinados a ayudar a los ciudadanos que hayan perdido su empleo, ya sea por despido o renuncia voluntaria.
Esta serie de beneficios entregados por la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC), entrega a sus afiliados distintas opciones de ahorros y planes de ayuda en el caso de verse sin trabajo.
Los afiliados de la AFC, generan ahorros acumulables, los que son depositados en su Cuenta Individual de Cesantía (CIC). La cual genera un colchón monetario que es resguardado por la administradora.
Seguro de Cesantía
Este seguro protege a los trabajadores y trabajadoras regidos por el Código del Trabajo en caso de haber perdido su empleo. Con este seguro los beneficiarios pueden acceder a los ahorros que se hayan generado en sus cuentas CIC.
El solicitante debe acreditar la cesantía voluntaria o por despido con un documento legal, ya sea finiquito, carta de renuncia o término de relación laboral.
También se debe contar con al menos 10 cotizaciones continuas en caso de haber tenido un contrato indefinido. O al menos cinco cotizaciones continuas o discontinuas si la persona que solicita el monto tuvo uno o más empleadores.
Fondo de Cesantía Solidario
Este beneficio se entrega a los afiliados de la AFC que se encuentren cesantes y no tengan fondos suficientes en sus cuentas CIC. Para solicitar este fondo el contrato de trabajo debe haber terminado por vencimiento de plazo, casos fortuitos o fuerza mayor.
Para hacer uso de este fondo, se debe contar con 10 cotizaciones pagadas y las últimas 3 deben ser continuas y del mismo empleador. Puedes revisar todos los requisitos en el siguiente link.
Subsidio de Cesantía
Este beneficio es entregado por el Instituto de Previsión Social (IPS) o por cajas de compensación. Este entrega a sus beneficiarios una ayuda monetaria mensual por un máximo de 360 días.
Quienes soliciten este deben estar inscritos en el registro de cesantes del IPS o ser afiliados de una caja de compensación. Además, deben figurar en el registro de cesantía de su municipalidad de residencia y haber perdido su empleo por causas ajenas a su voluntad.
Puedes leer todo lo que conlleva el Subsidio de Cesantía en la página web de Chile Atiende.
Compensación por término de contrato
Esta compensación económica se entrega cuando el contrato laboral haya durado un año o más y la causal de término es por necesidad o desahucio del empleador. Esta compensación complementa o sustituye la indemnización legal por años de servicio en la empresa y se establece en el artículo 163 del Código del Trabajo.
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