El Estado chileno tiene diversos bonos y beneficios económicos que tienen como finalidad ayudar a los ciudadanos. Entre estos, existen los bonos de cesantía, una serie de beneficios a los que las personas pueden acceder ya sea se encuentren sin trabajo por despido o renuncia voluntaria.
Estos bonos provienen de la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC) y están contemplados específicamente para ayudar a las personas que se encuentren actualmente sin trabajo. Cabe señalar que los afiliados a la AFC crean ahorros acumulables los que se depositan en su Cuenta Individual de Cesantía (CIC), donde pueden mantener este colchón de dinero en sus cuentas.
Aquí en radio Imagina te dejamos los beneficios a los que puedes acceder para subsistir junto a sus detalles y requisitos.
Seguro de Cesantía
Este seguro a cargo de la AFC, protege a los trabajadores y trabajadoras regidos por el Código del Trabajo, en caso de verse cesantes. Este consiste en que los afiliados podrán acceder a los ahorros de sus cuentas CIC. Las que se financian con el 3% de sus remuneraciones imponibles.
Los requisitos para cobrar el seguro son acreditar tu cesantía voluntaria o por despido con un documento como finiquito, carta de renuncia u otros. Además debes contar con al menos 10 cotizaciones continuas en caso de haber tenido contrato indefinido o al menos cinco cotizaciones continuas o discontinuas si el solicitante tuvo uno o más empleadores. Puedes solicitar este seguro ingresando a la página web de la AFC.
Fondo de Cesantía Solidario
Este fondo entrega beneficios económicos a los afiliados que no cuenten con los fondos suficientes en su Cuenta Individual de Cesantía. Los requisitos para solicitar este monto son los siguientes:
- Estar cesante al momento de solicitar el fondo y no tener recursos en cuenta CIC.
- Que el contrato de trabajo haya terminado por vencimiento de plazo, casos fortuitos o de fuerza mayor.
- Activar una cuenta en la Bolsa Nacional de Empleo.
- Las tres últimas cotizaciones deben ser continuas y del mismo empleador.
- Contar con 10 cotizaciones pagadas por el Fondo de Cesantía Solidario (FCS) en los 24 meses antes del despido.
Subsidio de Cesantía
El subsidio de Cesantía es un beneficio pagado por el Instituto de Previsión Social (IPS) o cajas de compensación. Este permite a personas cesantes a una ayuda mensual por un máximo de 360 días, este da derecho a:
- Asistencia médica gratuita en consultorios y hospitales del Servicio de Salud.
- Recibir Asignación Familiar y/o Maternal por sus cargas reconocidas.
- Asignación por muerte.
Entre sus requisitos, quienes lo soliciten deben estar inscritos en el registro de cesantes del IPS o en una caja de compensación, estar inscritos en el registro de cesantía de la municipalidad de su lugar de residencia y haber perdido el empleo por causas ajenas a su voluntad. Conoce todos los requisitos y como acceder a este beneficio en el siguiente link.
Compensación por término de contrato
Este beneficio es entregado cuando un contrato ha durado un año o más y la causal de término es una necesidad de la empresa o desahucio del empleador. Esta compensación es considerada por el Código del trabajo complementa o sustituye la indemnización legal por años de servicio en la empresa.
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